APDHA-Cádiz denuncia la persecución de las personas que intentaron dar un uso social al edificio «Valcárcel»

Mientras el edificio histórico y público de “valcárcel” sigue vacío y deteriorándose, la persecución de la personas que intentaron darle un uso social, es cada vez mayor y mas cuestionable democráticamente.

El Juzgado de Instrucción nº 1 de Cádiz, cuyo titular es Jorge I. Bartolomé Moriano, ha dado una vuelta de tuerca verdaderamente inadmisible en la persecución a que se está sometiendo a las personas que hicieron uso el pasado verano del edificio público del “Valcárcel”.

En un auto de 25 de mayo, el juez de instrucción ha exigido a las empresas proveedoras de Servicios, sitas en EE.UU., Facebook, Yahoo y Google, que faciliten a la UDYCO todos los datos de las personas que han podido acceder o usar las cuentas de correos y perfiles de Facebook asociados a las actividades sociales y culturales que de forma pacífica y pública se desarrollaron en el Valcárcel en el período señalado.

El Juez ha exigido los IP de las personas que han accedido a dichas cuentas, las conexiones realizadas detallando fecha y hora, la vista expandida de los perfiles de usuario, los datos de registro proporcionados para abrir las cuentas,  etc…

Creemos que una medida de este tipo, que supone una especie de búsqueda indiscriminada y aleatoria de personas, no puede ser más injusta, viola probablemente derechos fundamentales y en todo caso es claramente desproporcionada.

Este auto puede constituir una violación del artículo 18.3 de la Constitución Española que garantiza el secreto de las comunicaciones. Como ha manifestado el Tribunal Constitucional “en una sociedad tecnológicamente avanzada como la actual, el secreto de las comunicaciones constituye no sólo garantía de libertad individual, sino instrumento de desarrollo cultural, científico y tecnológico colectivo” (STC 132/2002, de 20 de mayo).

Además la lista de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a este respecto es bastante numerosa. En una de ellas precisamente alerta en el sentido de que si las autoridades han de ser precavidas a la hora de proceder a intervenir comunicaciones de presuntos delincuentes, mayor protección se necesitará para garantizar el secreto de terceras personas. Y en otra, el TEDH subraya el hecho, que con frecuencia se olvida, de que las vulneraciones podrían reportar consecuencias perjudiciales no sólo para las personas directamente afectadas sino para la sociedad democrática entera.

 Tanto el constitucional como el TEDH o incluso el TS, han señalado que la medida de violentar o bordear la privacidad de las comunicaciones de las personas, sólo puede hacerse de forma proporcional y en casos de especial gravedad, donde el bien a proteger (la comisión de un grave delito) sea superior al derecho constitucional a que no sean intervenidas las comunicaciones de los afectados.

No es el caso presente. Consciente de ello el juez intenta justificar en su auto lo injustificable, citando textualmente párrafos que cualquiera puede entender que no son aplicables a este supuesto;  es el caso la Sentencia del TS de 6 de octubre de 1995, que dice que se aplicarán medidas como las tomadas en caso de seguridad nacional, defensa del orden y protección de los derechos y las libertades… cualquiera puede preguntarse si por defensa de derechos y libertades se puede entender el derecho de Diputación y Zaragoza Urbana a especular y dejar en el abandono un bien  público. O puede preguntarse si los hechos producidos (insistimos uso de un edifico público abandonado) son suficientemente graves para asimilarlos a problemas de seguridad nacional y pedir datos en los que pueden estar afectados centenares de personas.

Se trata pues de una medida judicial injusta, que roza la inconstitucionalidad, que vulnera derechos de centenares de personas y que es manifiestamente desproporcionada.

En Valcárcel no ha habido una ocupación. Lo que ha habido es un abandono y un deterioro consentido conscientemente, en función de peleas políticas, intereses económicos no declarados o simplemente la más absoluta desidia. Es curioso que la fiscalía se haya negado a investigar esta desidia, solicitada por más de mil personas con su firma, que puede constituir malversación de caudales público, aunque fuere por omisión que también está recogida en el Código Penal.

Para quienes hemos estado en Valcárcel durante los siete meses que duró su uso social por un grupo de ciudadanos, hemos podido comprobar que con escasos medios se iba reparando el desperfecto ocasionado por años de abandono. Y se pudo ver que habían desaparecido vigas y puertas de maderas nobles que habían ocurrido por el descontrol o  directamente el expolio.

Quienes durante 7 meses dieron vida a un edificio público abandonado para que miles de personas lo usaran para aprender, convivir y convertirlo en uso colectivo, son tratados como peligrosos delincuentes. Por el contrario lo especuladores, los responsables del abandono del Valcárcel como los políticos de la Diputación o la empresa Zaragoza Urbana, probablemente siguen cobrando suculentos emolumentos y burlándose el pueblo de Cádiz, sin hacer nada por el Valcárcel.

Desde la Delegación de Cádiz de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, queremos además manifestar nuestra profunda preocupación por el creciente deterioro que se viene produciendo de los derechos y libertades de los ciudadanos. Pensamos que esta actuación policial y judicial en el caso Valcárcel se enmarca en los crecientes recortes democráticos para dichas libertades ciudadanas.

La prevista modificación del Código Penal pretende endurecer todos los artículos del Capítulo II Título XXII que regula los delitos de orden público. La resistencia pacífica, será considerada atentado a la autoridad; se agravará el tipo de desobediencia a la autoridad en caso de manifestación o concentración; los que sean acusados de atentado a la autoridad (una figura común por parte de policías y jueces casi por cualquier cosa) podrían ir a prisión provisional; multas por variar el itinerario de una manifestación; lo que hoy es una falta (no comunicar una manifestación) será considerado delito; etc…

Desde la APDHA consideramos que con estas medidas y las actuaciones policiales y judiciales que se están produciendo en toda España contra los movimientos sociales, se pretende actuar “preventivamente” y sobre todo se intenta criminalizar la disidencia y a quienes se opongan a los recortes sociales y a las políticas económicas que nos están imponiendo.

Como decía la Asamblea Popular de Valcárcel Recuperado, esta vuelta de tuerca del juzgado de Instrucción nº 1, y las multas y la represión violenta de personas que defienden su derecho al trabajo o a una vivienda digna o hacia quienes denuncian la corrupción y la injusticia generalizada, se produce por contraste en un contexto en que la impunidad es total para quienes arruinan este país y se van de los consejos1 de administración de los bancos con sueldos millonarios, para quienes dilapidan los bienes públicos, o para uienes permiten que se arruine el patrimonio de nuestro país.

Desde la APDHA creemos imprescindible la participación ciudadana, de forma consciente y democrática, para oponerse a medidas que coartan nuestras libertades y deterioran nuestros derechos, tal vez de forma irreversible.

Cádiz, 06 de julio de 2012

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