- Presenta una guía práctica para difundir entre los internos y abogacía.
Córdoba, 6 de abril de 2016.-La Delegación de Córdoba de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) ha venido acompañando en los últimos años a un sector de trabajadores peculiar: los privados de libertad. Ese acompañamiento se ha hecho imprescindible, ya que no se ven privados tan solo de su libertad, sino también de derechos laborales básicos y de una cobertura sindical adecuada. Son los más explotados dentro de los trabajadores, acercándose en lo que se refiere en algunas de sus condiciones -como la percepción del salario o falta de vacaciones- a países empobrecidos. Esta circunstancia debería ser sorprendente, teniendo en cuenta que la Constitución española establece contundentemente que el trabajo remunerado en prisión es un derecho de las personas presas y que además el empleador es una entidad pública dependiente del Ministerio del Interior.
Ante ello, la APDHA inició una campaña contra la explotación laboral en prisión, pena añadida a la privación de libertad que por ley se les impone. Dentro de la misma, se ha presentado hoy en Córdoba ante los medios de comunicación el libro titulado Guía Práctica sobre los Derechos Laborales de las Personas Presas, y mañana, día 7 a las 19 horas, ante el público en general en una tertulia en el Centro Social Rey Heredia. La guía, publicada por la editorial Atrapasueños, contó con el aval y financiación del Consejo General de la Abogacía Española y de la Fundación Agape. Se han editado 5.500 ejemplares.
En el mes de marzo se envió una propuesta de proposición no de ley a los grupos parlamentarios del Senado, habiendo sido asumida y presentada por uno de ellos, a fin de que se equiparen las condiciones y derechos laborales con la del exterior. Se encuentra actualmente en tramitación.
La APDHA plantea la necesidad de que el acceso a la relación laboral y su extinción no sean arbitrarias e injustas y que la retribución que reciben las personas presas por su trabajo sea al menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), tal como recoge la Ley Orgánica General Penitenciaria. A pesar de la legislación, en la actualidad el salario de los más de 12.000 trabajadores que existen dentro de prisión en España (el 40% de los que pueden trabajar) rara vez supera el 30% del SMI, llegando a cobrar menos de 1euro/hora. Además, se da la circunstancia con frecuencia de que una misma actividad, en algunos casos es retribuida y en otros no, algo para la asociación a todas luces “inadmisible”.
La realización de horas extraordinarias no remuneradas, falta de descanso y vacaciones y la discriminación laboral ejercida contra las mujeres por parte de la administración, son otras cuestiones preocupantes. Incluso el desempeño de la actividad laboral perjudica seriamente al trabajador, ya que cuando este concluye su condena la prestación por desempleo que le corresponde es muy inferior en principio a la cuantía del subsidio de excarcelación -426€-, y además el trabajo realizado dentro de prisión queda reflejado en el informe de vida laboral, de manera que la persona presa queda marcada ante posibles empleadores. Por otro lado, la proposición no de ley solicita la obtención de los cuadrantes y horarios por parte de los trabajadores, de manera que puedan contabilizar el cómputo de horas trabajadas.
Todas estas cuestiones son de difícil denuncia por parte de los empleados, ya que el responsable del trabajo de la entidad en el centro penitenciario es el director de la prisión, por lo que, aseguran, temen represalias por el ejercicio de acciones judiciales laborales. Por ello es de vital importancia la presencia de los sindicatos en las cárceles, dado que su ausencia trae como consecuencia una indefensión en el terreno laboral.
En el día de hoy se le ha presentado en la sede de APDHA la campaña a los sindicatos CCOO, CNT, CTA y USTEA. Todos han coincido en la necesidad de defender los derechos laborales de los presos. CCOO ha afirmado que “apoyan y estudiaran su participación en la defensa de los derechos laborales de los presos”. CNT que “existe una invisibilización y debemos dar difusión a la situación, pues los derechos laborales hay que defenderlos dentro y fuera de prisión”. CTA afirmó que “es una campaña muy interesante, es nuestra obligación porque no tienen acompañamiento de los sindicatos, como es nuestra obligación. Vamos a actuar”. Finalmente USTEA sentenció que “reconocemos el trabajo y esfuerzo de APDHA. Dentro de nuestras posibilidades intentaremos apoyar y desarrollar la defensa de estos derechos laborales”.
A 31 de marzo de 2016, el número de personas presas en las cárceles españolas ascendía a 61.541, de los que 14.256 se encontraban internados en centros penitenciarios andaluces. El número de hombres presos en la actualidad es de 56.845, siendo 4.696 mujeres. En Córdoba el número de presos ronda los 1.500. Según el último dato oficial (anuario 2014 del Ministerio del Interior), el Centro de Córdoba es el más poblado de Andalucía con 1.537 presos. Los presos trabajadores lo hacen tanto prestando los servicios y necesidades de la propia prisión como a empresas externas. En Córdoba entre 250 y 300 presos trabajan en prisión. 100 presos lo hacen en actividades auxiliares como limpieza, lavandería, jardinería, reparto o comedor. Otras actividades que congregan un número similar de presos trabajadores son cocina, panadería, economatos y mantenimiento. Se dispone de talleres como confección industrial. El trabajo de los presos hace que ahorre la Administración. Así ésta afirmó en 2013 que en “La encomienda de alimentación se invierte 3,50 euros por interno/día en las prisiones dependientes del Ministerio del Interior, mientras que en la Comunidad de Cataluña asciende a 11 euros interno/día y la media de un catering se sitúa en 8 euros interno/día”
La APDHA considera que el incumplimiento sistemático de los derechos laborales en las cárceles españolas ha quedado demostrado con las numerosas sentencias obtenidas en los Juzgados de lo Social de Córdoba, en la que se estiman demandas de presos, fundamentalmente por extinciones que no respetan la legislación. La última de ellas de 12 de enero de 2016 del Social Número Cuatro. De igual forma algunas resoluciones han considerado de aplicación el salario mínimo interprofesional.
> Nota publicada en el blog de Córdoba