Desde el año 2006 realizamos un seguimiento exhaustivo de las quejas que nos han hecho llegar este colectivo de presos y sus familiares sobre la desasistencia que padecen. Las denuncias son muy numerosas y todas hacen referencia al abandono por parte de las administraciones. Entre estas administraciones encontramos a la Consejería de Salud.
Suponemos que la consejera de Salud, en la comisión de mañana, como tantas otras veces, se escudará en la asistencia que presta a colectivos que nada tienen que ver con los enfermos mentales en prisiones ordinarias, como son los enfermos del psiquiátrico penitenciario, los discapacitados intelectuales o los drogodependientes.
Muchas de nuestras denuncias han sido debatidas en el Parlamento Andaluz, incluso han sido aprobadas dos Proposiciones No de Ley exigiendo al Consejo de Gobierno el cumplimento de la legalidad y la asistencia debida a las personas presas. Además no somos los únicos que denunciamos este abandono, también el Defensor del Pueblo Andaluz lleva desde 1997 [2] dando la voz de alarma sobre este tema. A fecha de hoy ninguna de estas exigencias ha sido cumplida.
Es necesario recordar que el 40% de la población penitenciaria padece trastornos mentales y de la personalidad, y el 8% enfermedad mental grave[3]. La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias cifra en más del 25% los enfermos mentales con diagnóstico en su historial médico. Los que no están diagnosticados los presupone en más de la mitad[4]. Si en Andalucía hay 16.957 internos[5], 1.357 presos padecen enfermedades mentales graves y 6.783 trastornos mentales y de la personalidad. Según la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias la prevalencia dentro de prisión es de 7 veces más que en la sociedad[6].
La mayoría de ellos se encuentran en prisión porque no existe ningún otro recurso comunitario para ellos, agravando en la mayoría de los casos sus patologías. Se trata de una grave vulneración del derecho básico de la población penitenciaria a una asistencia sanitaria en igualdad de condiciones y de calidad que el resto de la población residente en nuestra Comunidad.
Los problemas fundamentales que detectamos y para los que exigimos una solución inminente a las administraciones competentes son:
1. Insuficiencia de recursos asistenciales comunitarios. No existe coordinación alguna de la Institución Penitenciaria ordinaria con los Servicios Sanitarios de la Comunidad Autónoma para preparar su inserción en la sociedad a su puesta en libertad, ni existen para ellos recursos sociales asistenciales suficientes (ambulatorios, de hospitalización parcial, atención a domicilio, rehabilitación y reinserción social, prevención primaria, atención a problemas psicosociales y acogida).
Aquellos que salgan en libertad sin apoyo familiar, ni respaldo económico, retornarán al submundo marginal y de subsistencia en la calle, donde además de los problemas de adiciones, no siguen ningún tipo de tratamiento o medicación. Que se descompensen sus enfermedades y reincidan en la comisión de delitos y retornen a prisión es una consecuencia lógica de la total desasistencia.
2. Falta de asistencia dentro de prisión. Denunciamos que no existen tratamientos específicos dentro de las prisiones ordinarias para las personas que padecen alguna enfermedad mental, no hay terapias rehabilitadoras ni ocupacionales ni de inserción, exceptuando la prisión de Albolote donde existe el único módulo terapéutico de nuestra comunidad que depende del Ministerio del Interior.
La media de consultas psiquiátricas en Andalucía en 2.006 fue de 11,67 veces al año por paciente[7], mientras que a una persona presa como mucho le asiste un especialista dos veces al año. Es obvio que lo único que pueden hacer estos especialistas es dispensar medicación y nada más. Y sigue habiendo prisiones en Andalucía donde no acude ningún psiquiatra como en Alcalá de Guadaira (Sevilla), Jaén, Puerto III y Morón de la Fra. (Sevilla).
3. Falta de coordinación de los servicios médicos de prisiones y los servicios sociales y de salud de la junta de Andalucía. Son muy mayoritarios los casos en los que en el enfermo está en tratamiento y asistido por los Servicios de Salud Mental del Servicio Andaluz Salud, pero cuando delinque y entra en prisión se para este tratamiento. Sólo si el interno tiene familia y ésta facilita la documentación podrá ser asistido, en caso contrario puede permanecer sin tratamiento por mucho tiempo; también hay muchos casos en los que los servicios médicos de prisiones no contactan con los equipos de salud mental del SAS cuando un preso enfermo mental termina su condena. Esto provoca que mucha gente interrumpa su tratamiento, quedando abandonados a su suerte.
Como conclusión diremos que son muy habituales en Andalucía los casos en los que la familia no sabe, ni nadie les informa, sobre los recursos existentes ni como solicitarlos. Y que personas, tras varios años de estancia en prisión, ni siquiera tengan reconocida una discapacidad, que es la puerta a muchos recursos asistenciales de la comunidad. Y es muy común que tras la puesta en libertad de una persona con padecimientos mentales, ante situación de urgencia social las familias no lleguen a saber nunca a qué tienen derecho, y que la información que terminan recibiendo como solución a sus problemas sea la denuncia penal ante las descompensaciones de sus familiares con trastornos mentales.
El pasado 9 de octubre de 2.008 la Consejera de Salud anunció el nuevo Plan Integral de Atención al Enfermo mental 2008/2012[8], y en este fue la primera vez que se anunció la atención a los ciudadanos presos, lo cual nunca había previsto desde la asunción de competencias en salud por parte de la Junta de Andalucía el 22 de febrero de 1984. A día de hoy no se ha puesto en práctica respecto de las personas con enfermedad mental en prisiones ordinarias.
Por todo ello instamos a la Consejera a asumir sus responsabilidades para con este colectivo, especialmente abandonado por parte de la administración.
Andalucía, 17 de marzo de 2009.
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2. Ver el Informe Especial al Parlamento Andaluz del Defensor del Pueblo” la situación de los enfermos mentales internados en centro penitenciarios andaluces” 1997. Así como los informes anuales al Parlamento.
3. Fuente de los datos: Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria. http:/www.derechopenitenciario.com/noticias/noticia.asp?id=545.
4. ABC. 9-12-2007. http://www.abc.es/hemeroteca/historico-09-12-2007/abc/Sociedad/mas-de-10000-presos-sufrian-ya-trastornos-mentales-antes-de-ser-encarcelados_1641462846200.html
5. Fuente Ministerio del Interior a 10/03/09. http://www.mir.es/INSTPEN/INSTPENI/Gestion/Estadisticas_Semanales/2008/39/situacion_por_comunidad.html
6. Véase Informe de la APDHA: “Enfermos mentales en las prisiones ordinarias. Un fracaso de la sociedad del Bienestar”. 2007. https://www.apdha.org/media/saludmental07.pdf
7. II Plan Integral de Salud mental de Andalucía (PISM) 2.008-2.012. http://www.juntadeandalucia.es/salud/library/plantillas/externa.asp?pag=http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/principal/documentosAcc.asp?pagina=pr_GestCal_SM
8. http://www.juntadeandalucia.es/salud/principal/noticias.asp?codcontenido=7733