La Coordinadora para la prevención contra la Tortura, a la que pertenece la APDHA ha realizado este comunicado ante la difusión por la Secretaría de Estado de Seguridad del nuevo protocolo de detenciones.
Ante la reciente difusión por la Secretaría de Estado de Seguridad del nuevo protocolo de detenciones (Instrucción sobre los comportamientos exigidos a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para garantizar los derechos de las personas detenidas o bajo custodia policial), la Coordinadora para la Prevención de la Tortura (que agrupa a más de 40 organizaciones de Defensa de los DD.HH), manifiesta que, dicha Instrucción
1º Constituye un reconocimiento implícito de la existencia de la tortura y malos tratos policiales, si bien elude un reconocimiento claro de esta existencia, lo que constituye un requisito básico para afrontar con voluntad la prevención y erradicación de tortura.
2º Desoye las recomendaciones internacionales efectuadas al Estado español, por El Relator Especial de las Naciones Unidas para la cuestión de la tortura, Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas o el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, y otras instituciones, por ejemplo:
a) Mantiene inalterado el régimen de detención incomunicada, que junto el régimen de aislamiento penitenciario crean condiciones que facilitan la práctica e impunidad de la tortura, dotando de sistematicidad a la práctica de la tortura. Además, las personas detenidas bajo este régimen de incomunicación, son excluidas del derecho de acceso a un abogado de su confianza, o del derecho a informar a su familia y allegados del hecho y lugar de su detención así como su estado de salud y situación judicial. Con lo que se perpetúa un sistema dual de excepción que contraviene, como mínimo, cualquier principio de igualdad ante la ley.
b) No garantiza, en ningún caso, el derecho de todo detenido a ser examinados por un médico de su confianza, limitándose a acordar el reconocimiento del detenido por un médico “dependiente del Estado o de otras Administraciones Públicas”.
c) No regula la grabación de los interrogatorios a que son sometidas las personas privadas de libertad.
En definitiva, a pesar de que podamos valorar positivamente que se den instrucciones a los agentes policiales para efectuar las detenciones con mayores garantías que salvaguarden los derechos de las personas detenidas, nos preocupa que se trate de nuevo de “palabras” con el objeto de acallar las cada vez más numerosas voces que denuncia que la tortura sigue existiendo en el Estado español, pero sin que se garantice su efectividad real y es claramente insuficiente para la prevención de la tortura y los malos tratos.
Ya ha pasado anteriormente, desde la llamada “Transición”, se han publicado instrucciones, aprobado decretos, leyes… aparentemente encaminados a “garantizar los derechos de las personas detenidas o bajo custodia policial”, pero la publicación o aprobación de estas normas no ha venido, hasta ahora, acompañada de una clara voluntad política ni de la puesta en marcha mecanismos reales y efectivos para garantizar dichos derechos».
Por ello, desde la Coordinadora para la Prevención de la Tortura, reclamamos, una vez más:
a) La puesta en marcha de todas las medidas solicitadas reiteradamente por instituciones internacionales, ya mencionadas, y muy especialmente la desaparición de las situaciones de detención incomunicada y privación de libertad en aislamiento.
b) La creación y puesta en marcha inmediata de los Mecanismos para la Prevención de la Tortura previstos en el “Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, firmado y ratificado por el Estado español. Mecanismos que deberán ser de nueva creación y realmente independientes de los Poderes del Estado, y que deberán estar integrados por personas que cuenten con capacidad y conocimientos profesionales reconocidos y demostrados y un compromiso firme en materia de derechos humanos. Mecanismos que deberán garantizar que las medidas incluidas en esta Instrucción ahora publicada, así como las que en un futuro próximo deben añadirse, sean llevada a la práctica de forma efectiva y real..
Madrid, octubre de 2007
LA COORDINADORA PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA ESTÁ FORMADA POR:
Acció dels Cristians per l’Abolició de la Tortura (ACAT) – Alerta Solidària – Asociación APOYO – Asociación EXIL – Associació Catalana per la Defensa del Drets Humans – Associaçaõ Contra a Exclusão pelo Desenvolvimento – Asociación Contra la Tortura – Asociación para la Defensa de los Derechos de la Infancia – Asociación Libre de Abogados – Associació Memòria Contra la Tortura – Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) – Asociación de Solidaridad y Apoyo a los Presos de Aragón (ASAPA) – Behatokia (Observatorio Vasco de Derechos Humanos/Euskal Herriko Giza Eskubideen) – Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES) – Centro de Documentación Contra la Tortura (CDDT) – Comissió de Defensa del Col.legi d’Advocats Barcelona – Comité Anti-Sida de Lugo – Concepción Arenal – Comité de Solidaridad con Euskal Herria de Madrid – Coordinadora Antirrepressiva de Gràcia – Coordinadora Contra la Marginación de Cornellá – Coordinadora de Barrios de Madrid – Coordinadora Estatal de Solidaridad con las Personas Presas (CESPP) – Esculca (Observatório para a Defensa dos Direitos e Liberdades) – Eskubideak (Euskal Abokatuen Elkartea) – Etxerat (Euskal Errepresaliatu Politikoen Elkartea) – Federacion de Asociacions de Loita contra a Droga – Federación Enlace – Fundación Érguete – Gurasoak – Grupo 17 de Marzo (Sociedad Andaluza de Juristas para la Defensa de los DDHH) – Institut Drets Humans de Catalunya – Justícia i Pau – Movemento polos Dereitos Civis – Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans de la UB (OSPDH) – PreSOS Extremadura – PreSOS Galiza – Rescat – SalHaketa (Bizkaia) – SalHaketa (Araba) – Sos Racisme Catalunya – Torturaren Aurkako Taldea (TAT) – Santurtziko Torturaren Kontrako Taldea – Xusticia e Sociedade