Comunicado de prensa: APDHA pide una cita urgente con el Subdelegado de Gobierno de Córdoba ante la sanción a un preso por hablar con un periodista

La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) presentó ayer junto a la Asociación de Prensa de Sevilla una queja ante el Defensor del Pueblo Estatal ante la sanción recibida por una persona presa en la cárcel de Córdoba, por haberse entrevistado con un periodista. Esta sanción, es una muestra de “la vulneración del derecho a la libertad de expresión de las personas presas, al derecho a la información de la ciudadanía y una limitación evidente al ejercicio del periodismo”. Es una censura a la prensa. La sanción, impuesta por Instituciones Penitenciarias, consistió en la privación durante un mes de paseos y actos recreativos comunes. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Córdoba ha anulado la sanción, estimando el recurso presentado por el abogado del interno, de la APDHA, pero sin entrar en el fondo de la cuestión. Hechos como este demuestran que las personas presas no tienen derecho a informar y los profesionales de la comunicación tampoco pueden recabar de ellos información, por el hecho de estar recluidos. Muy al contrario, comentan, la Constitución Española señala que este derecho no podrá ser vulnerado por el hecho de estar privado de libertad. El escrito sancionador detalla que este debería haber hecho uso del procedimiento habilitado para concertar citas con periodistas (previsto en el artículo 49.5 del Reglamento Penitenciario) que, “en la práctica, no funciona”, un hecho que hasta fuentes oficiales de Instituciones Penitenciarias reconocen, plantean ambas organizaciones. De hecho, el mismo preso solicitó hace cerca de dos semanas por la vía reglamentaria comunicaciones con otro periodista y aún está a la espera de contestación. “Resulta absurdo que la contestación habitual sea que las entrevistas no se conceden para proteger la intimidad de las personas presas, como si de menores o de personas incapacitadas se tratara”, critican. Además, “la igualdad entre ciudadanos no puede limitarse por el hecho de estar privado de libertad”, afirma el recurso. Para la administración penitenciaria, se trata de una falta grave por haber divulgado “noticias o datos falsos, con la intención de menoscabar la buena marcha regimental del establecimiento”. En contraposición, y “parece tratarse de una agresión ilegítima a eventuales críticas que la administración no considera adecuadas” que abundan en la opacidad existente en la cárcel, continúa el recurso Por ello, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía solicita formalmente hoy al subdelegado del Gobierno de Córdoba que las personas presas puedan entrevistarse con periodistas y se respete de este modo el derecho a informar y a ser informados. De igual modo se interesó al Defensor del Pueblo para que requiriera información a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias a fin de que aclare los motivos por los qué no se autoriza ni notifica al citado interno la denegación de la comunicación solicitada, así cuáles son los criterios concretos en que se ampara la no concesión de entrevistas entre los privados de libertad y los medios. Así como que recomiende la autorización de entrevistas profesionales en igualdad de condiciones con el resto de colectivos profesionalesimg-20161027-wa0013img-20161027-wa0011

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