El pasado 24 de diciembre el sr. Fernández hizo pública una carta donde calificaba como “aquelarre químico de laboratorio” la utilización de cualquier tipo de técnica de reproducción asistida, acusando a las personas que acuden a ella de “que piensan en el derecho a tener un hijo, como si el hijo fuera un objeto”. Desde la APDHA defendemos la libertad ideológica, religiosa y de expresión, que por supuesto dan cobertura para mantener distintos posicionamientos sobre esta materia, pero considera que el sr. Fernández ha superado ampliamente los límites de estas libertades y que el contenido discriminatorio de sus declaraciones atentan contra la dignidad de los/as padres y madres que han utilizado estas técnicas y a los/as hijos/as concebidos/as a través de las mismas.
Hemos de recordar al representante de la Iglesia Católica en Córdoba que la reproducción asistida se realiza de forma regulada y tasada en el marco establecido por la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida, aprobada por nuestras instituciones democráticas, y que, dentro de lo establecido por el orden constitucional y los tratados internacionales, determina unos límites claros para prevenir cualquier tipo mal uso de las mismas. No las llevan a cabo hechiceros en el bosque a la luz de la luna llena, sino profesionales médicos en centros autorizados sometidos a estrictos controles. El sr. Fernández puede discutir desde su perspectiva moral la conveniencia o no de la actual normativa en la materia, pero calificar genéricamente a la reproducción asistida de “aquelarre” supone un menosprecio gratuito a profesionales, padres/madres e hijos/as que trabajan, utilizan o han tenido la oportunidad de existir a través de estas técnicas.
En la línea de lo anterior, nos vemos en la obligación de recordar a este representante eclesiástico que la Convención ONU sobre los Derechos del Niño (1992), la LO 1/1996 de Protección Jurídica del Menor y la Ley andaluza 1/1998 de los Derechos y Atención del Menor establecen una especial protección a los/as menores frente a cualquier acto proveniente de actores públicos o privados que menoscabe su dignidad o represente una situación discriminatoria que ponga en riesgo el interés superior del menor (principio básico que prevalece en cualquier contexto en el que esté implicado un menor de edad). Entendemos que afirmar que un/a niño/a es producto de un “aquelarre químico” y que sus progenitores lo han considerado un “objeto” es un claro ataque a su dignidad como personas y son declaraciones de contenido discriminatorio. También debería sopesar el sr. Fernández que la distribución documentos de este tenor incluso podría ser constitutivo de un delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales previsto en el art. 510 del Código Penal.
No podemos dejar de destacar también que esta carta una vez más contiene afirmaciones en materia de género de difícil encaje con el principio de igualdad consagrado, entre otros, por el art. 14 de la Constitución y por la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de hombres y mujeres: Cuanto más varón sea el varón, mejor para todos en la casa. El aporta particularmente la cobertura, la protección y la seguridad. El varón es signo de fortaleza… La mujer tiene una aportación específica, da calor al hogar, acogida, ternura…Cuanto más mujer y más femenina sea la mujer, mejor para todos en la casa.
Desde la APDHA solicitamos al sr. Demetrio Fernández la inmediata rectificación de estas declaraciones e instamos a Ayuntamiento de Córdoba, Diputación de Córdoba, Junta de Andalucía a que realicen un posicionamiento institucional público de rechazo ante este documento y que valoren las posibles medidas que respecto al mismo puedan llevar a cabo en el marco de sus respectivas competencias.
Córdoba a 29 de diciembre de 2015