EL DERECHO A LA SALUD NO ESTÁ GARANTIZADO EN LAS PRISIONES ANDALUZAS

La titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 2 Andalucía, radicado en Sevilla, mediante Auto de fecha 11 de abril de 2007 estima la queja planteada por la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía y reconoce el grave problema de la sistemática pérdida de citas con especialistas que padecen las personas presas en el centro penitenciario de Sevilla II.
Las personas privadas de libertad no pueden acceder al derecho a la salud en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos, sus citas con los especialistas, que deben tratar sus enfermedades y realizar sus intervenciones quirúrgicas, se pierden una y otra vez, por la absurda e intolerable razón de que no se presenta en la prisión fuerza policial alguna que les conduzca al hospital. Pasan los meses y los años en esta situación, deteriorándose su salud, en muchas ocasiones de manera irreversible. Nos encontramos con aberrantes casos como el J.M.P.B.: Diagnosticado de hepatitis crónica por virus C. Fue visto en las Consultas de Alta Resolución de Digestivo en agosto de 2004 y se confirmó el diagnóstico de cirrosis hepática por virus. En este tiempo ha perdido catorce citas.
Ante este grave problema, APDHA formuló en febrero de este año una queja ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria el cual, estimando la queja resuelve: “ Este Juzgado ha tenido ocasión de comprobar a través de las numerosas quejas estimadas a los internos la veracidad de la suspensión y demora, en su caso, de los traslados a unidades sanitarias extrapenitenciarias de los reclusos que tenían consulta programada, informando la Dirección del Centro Penitenciario que el año 2006 fue el 44 % de las salidas a consultas extrapenitencirias programadas las que resultaron fallidas y ello debido a la falta de fuerza conductora, con los perjuicios que tal situación genera no solo en la moral interna del interno, que ve fallida su expectativa de ser examinado por un médico especialista y conocer el origen de su padecimiento físico, sino incluso con posible merma a su derecho a la integridad física o a la salud protegido constitucionalmente, y ello pese a existir en la normativa vigente aludida la posibilidad de evitar situaciones como la denunciada por los internos y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía”.

En desarrollo de los preceptos constitucionales y de la normativa penitenciaria se suscribió en 1992 un Convenio Marco entre la Junta de Andalucía y el Ministerio de Justicia para la coordinación de ambas instancias en materia penitenciaria, incluido lo referente a la salud. A mayor abundamiento, en 1995 se firma un Convenio en materia de asistencia sanitaria entre la Consejería de Salud-Servicio Andaluz de Salud y la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios del entonces Ministerio de Justicia e Interior.
Toda esta normativa prevé los mecanismos que garantizarían el acceso de los presos a la asistencia médica especializada. Pues bien, se trata de letra muerta porque sencillamente no se aplica.
Ante esta situación nos dirigimos al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria en el año 2002, el cual se pronunció en idéntico sentido al referido Auto de 2007. Tanto en uno como en otro se insta a la Dirección General de Instituciones Penitenciarios a que dé aplicación real a la normativa vigente. Por otra parte se requiere a la Dirección del Centro Penitenciario para que, sin demora alguna, se coordine con la Delegación del Gobierno con el objetivo de disponer de los dispositivos policiales necesarios en las salidas a los especialistas. Por lo visto hay resoluciones judiciales que pueden meterse en el cajón y olvidarse.
Se trata de un problema ampliamente conocido y denunciado por el Defensor del Pueblo Andaluz , parece que hay cuestiones que, pese a su gravedad, pueden ignorarse.
Esta situación deja a la luz un preocupante déficit de racionalidad democrática de nuestras instituciones, que vulnera derechos fundamentales, incumple resoluciones judiciales, e ignora autoridades públicas como el Defensor del Pueblo.
Por todo lo anterior, la APDHA exige que se respete y garantice el Derecho a la Salud de las personas presas, evitando que se pierda ni una sola cita más con los médicos especialistas y la inmediata aplicación de la normativa vigente por parte de todas las instituciones implicadas: Dirección General de Instituciones Penitenciarias, Centro Penitenciario de Sevilla II, Delegación del Gobierno, Consejería de Salud y Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.

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