La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía ha venido desarrollando una intensa campaña durante el año 2007 denunciando la situación preocupante de la sanidad en prisión…
Se han exigido y conseguido las comparecencias de las Consejeras para la Igualdad y Bienestar Social y de Salud en el Parlamento Andaluz (www.apdha.org/webanterior). Se ha exigido y conseguido, aunque parcialmente, las asistencias de psiquiatras y otros profesionales a los Centros Penitenciarios (en Córdoba se estableció la visita de un psiquiatra durante el pasado año al carecer del mismo, aunque esta es aún insuficiente). Se han realizado Proposiciones no de Ley, que han sido aprobadas en el Parlamento, que no obstante aún han de cumplirse.
A pesar de todo ello, aún queda lo más importante, la integración de la Sanidad Penitenciaria en el sistema público de salud, actualmente dependiente del Ministerio del Interior.
Dicha transferencia fue acordada en la Ley 16/03 de 28 de mayo, estableciéndose como plazo máximo para su materialización el 1 de diciembre de 2004. Con posterioridad, el 17 de marzo de 2005 el Congreso de los Diputados instó al Gobierno su cumplimiento. La Subdirección Médica del Centro Penitenciario, así como de manera reiterada la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria que integra a los médicos de prisión, lo han exigido.
En Córdoba, los Servicios Médicos del Centro Penitenciario vienen manifestando la imposibilidad de atender a la totalidad de urgencias del Centro Penitenciario de Córdoba (Informe Servicios Sanitarios de 31 de octubre emitido a la Directora y con destino al Juez de Vigilancia Penitenciaria de Córdoba).
En el mismo se establece que en determinados periodos (en el caso del citado informe se refería al estival), el “conjunto de Urgencias de Prioridad 1 a 5 se eleva a límites insospechados, y en muchos casos es imposible atender a la totalidad de ellas”.
La incapacidad del sistema sanitario actual -que no de los profesionales que lo integran, que serán asumidos por el Sistema público- determina entre otras cuestiones, la previa valoración por personal no sanitario de la urgencia y la decisión del acceso al médico, que se prescriba medicación sin reconocimiento (habiendo denunciado algunos internos episodios de alergias al haber sido la misma dispensada de manera telefónica sin visita), o la dificultad de acceso a los especialistas.
Las deficiencias pueden llegar hasta el fallecimiento de personas enfermas en prisión, que en principio por motivos humanitarios impone la ley que deba suceder en el exterior junto a la familia o en instituciones externas (VAES, Viviendas de Apoyo a Enfermos de Sida). Si bien esta Asociación desconoce las circunstancias de las dos muertes, al parecer, podrían tratarse de presos que prácticamente vivían en la enfermería del Centro Penitenciario y que, por tanto, su fallecimiento podía de algún modo haber sido previsto.