Rafael Lara
La acogida y protección de las personas que huyen de los conflictos no es tan sólo un acto de solidaridad, que lo es. Es, antes de nada, una obligación moral y un deber legal de los Estados. Las personas refugiadas tienen derechos que es imperativo respetar. Deben ser acogidos con dignidad, deben ver reconocido su derecho a la libertad de circulación, deben recibir el apoyo y las condiciones adecuadas para su integración y su autonomía.
Por eso decimos que no es un acto de caridad. No es «siente a un sirio en su mesa» sino proporcionar a las personas refugiadas acceso a la vivienda, ropa, comida, sanidad, educación y ayuda psicológica para los que lo han perdido todo. Y sobre todo proporcionarles un itinerario de inserción e inclusión en nuestra sociedad. Es decir, dotarles de medios para que, en un plazo razonable, ellos mismos puedan conseguir vivienda, ropa, comida y acceder al derecho a la salud o la educación. Porque muchos de los que vendrán, no olvidemos que se van a quedar, al menos en Europa.
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