Las personas presas no pueden acceder al derecho a la salud en igualdad de condiciones que el resto de la población. Se trata de una condena añadida a la privación de libertad no contenida en el fallo condenatorio pero aplicada casi con la misma severidad que éste.
En prisión encontramos enfermedades prácticamente erradicadas en el exterior como por ejemplo la tuberculosis padecida en un 5% (100 veces más que la población general según la Organización Mundial de la Salud) , el 41 % de hepatitis C, Igualmente alarmante resultan las cifras referidas al VIH, extendido e prisión entre el 15%, mientras que en el resto de la población afecta a un 0,3%.
En los centros penitenciarios únicamente se presta asistencia médica de carácter primario con una desorbitada ratio médico por paciente que actualmente está en 1 médico por cada 162 personas presas, mientras que sin embargo existe 1 funcionario de seguridad por cada 5 presos .
En consecuencia la asistencia médica especializada hay que buscarla en el exterior. La competencia la tiene asumida la Junta de Andalucía desde 1992 a través de la firma del Convenio marco de colaboración en materia penitenciaria entre la Junta de Andalucía y la Administración central de 23 de marzo de 1992. En muchos aspectos dicho convenio es inoperante. Existen varias partes que no se han aplicado nunca, de las que será preguntada hoy la Consejera. Y entre ellas es de destacar la atención especializada en régimen ambulatorio dentro de los centros penitenciarios, que tras 15 años de vigor del convenio sigue sin cumplirse por parte de la Consejería de Salud.
Como no se presta la asistencia médica especializada dentro de prisión, los presos deben salir. Sin embargo en abril de 2007 la Jueza de Vigilancia Penitenciaria estima la denuncia interpuesta por la APDHA, declarando que existe una vulneración flagrante del derecho fundamental de la salud de los presos e informa que la pérdida media de citas durante 2006 fue del 44% por falta de conducción policial. La Fiscalía posteriormente avaló la gravedad de la situación en este mismo sentido denunciando que la pérdida de citas en 2006 alcanzó a más del 50% de las citas programadas. Por otra parte el Defensor del Pueblo Andaluz lleva denunciado en sus informes esta grave situación desde 1998, desarrollando especialmente esta problemática en el informe anula correspondiente a 2004.
Tras las preguntas que debe contestar la Consejera de Salud se debatirá y Votará una PNL en la que, entre otras cuestiones, se exigirá al Consejo de Gobierno que de una vez por todas asuma la competencia en materia de sanidad penitenciaria (incluyendo la asistencia primaria), transferida a los servicios autonómicos de salud mediante la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud que debió llevarse a cabo el 1 de diciembre de 2004 y de lo que seguimos sin saber nada.
Se debatirá también la situación de los enfermos mentales en las prisiones ordinarias andaluzas, donde el 8% de la población penitenciaria sufre enfermedades mentales graves, mientras que el 40% padece trastornos mentales y de personalidad , pacientes absolutamente olvidados como así lo demuestra el hecho de que por ejemplo en Sevilla II tan solo entra un psiquiatra cada 15 días para atender 1200 personas. Solamente se presta atención ambulatoria dentro del centro penitenciario por parte de médicos de SAS en las prisiones de Puerto I y II. En el resto de las 11 prisiones andaluzas el Psiquiatra es contratado por el Ministerio del Interior ya que la Junta de Andalucía no cumple el convenio que le obliga a prestar este servicio público. En algunas prisiones no acude ningún psiquiatra como por ejemplo en Alcalá de Guadaira.
Estamos ante personas que arrastran en su salud las consecuencias de la pobreza, de una exclusión descarnada y muy cercana, la de los barrios marginales de nuestras ciudades. Se trata de una situación de emergencia socio – sanitaria frente a la cual la Consejería de Salud no prevé respuesta alguna, ni cuando están en libertad, ni mucho menos cuando están en prisión a pesar de que viene obligada a ello.
A pesar de las previsiones del Convenio de colaboración entre la Administración central y la Junta de Andalucía y el Acuerdo sectorial en materia sanitaria de 1995, desde la Consejería de Salud) no ha hecho nada para incentivar la entrada de médicos especialistas en las prisiones andaluzas a pesar de estar obligada a ello. desde 1992.
Por todo lo anterior se hace necesaria la comparecencia de la Consejera de Salud ante el Parlamento, las personas presas y sus familiares tiene derecho a saber por qué se conculcan sus derechos más elementales, por qué sus representantes políticos ignoran sus obligaciones legales y desprecian las resoluciones judiciales por las que les conminan a su cumplimiento. Esta situación, de dramáticas consecuencias, cuando no irreversibles sobre la salud de tantas personas no puede consentirse en una sociedad democrática que pretende ser avanzada.