La Junta de Andalucía dificulta el acceso de la población extranjera a los recursos sociales y sistema de protección social andaluz
Desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía – APDHA ya hemos mostrado nuestra decepción por el contenido y alcance del recientemente aprobado Decreto-ley andaluz 7/2013 de lucha contra la exclusión social, puesto que consideramos que deja sin cobertura a muchas de las situaciones de exclusión más graves de nuestra región y su dotación presupuestaria es claramente insuficiente.
Sin embargo, creemos imprescindible denunciar específicamente que las personas extranjeras que viven en Andalucía quedan en una situación de mayor desprotección si cabe, ya que se les dificulta o directamente se les impide el acceso a los escasos recursos sociales previstos en el citado decreto-ley y en el resto de sistema de protección social andaluz. Entre estas “exclusiones” se pueden destacar:
- Las personas extranjeras no comunitarias, aunque se encuentren en situación regular, siguen sin tener acceso al ingreso mínimo de solidaridad (“salario social”) establecido por el Decreto andaluz 2/1999. El Decreto-ley 7/2013 no modifica el hecho de que sólo españoles y ciudadanos europeos puedan solicitarlo.
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Del refuerzo del servicio de comedor escolar para garantizar 3 comidas diarias (art. 48 Decreto-ley 7/2013) quedan excluidos los hijos1 o hijas de las personas extranjeras en situación irregular. En la actualidad, una mala praxis administrativa basada en una Orden de 31 de julio de 2012 de la Consejería de Educación deja sin acceso efectivo a los comedores escolares andaluces a hijos1 e hijas de las personas extranjeras sin documentación. Al carecer de número de identificación de extranjero (NIE) se les impide acceder a las bonificaciones en los precios públicos de los comedores escolares previstas en el Decreto andaluz 137/2002, lo que en la práctica constituye una denegación de acceso a los mismos, ya que la muy precaria situación económica de la casi totalidad de este colectivo hace inviable que afronten el pago del coste integro del servicio sin bonificar. Por lo tanto, dado que de la redacción del art. 48 del DL 7/2013 no se desprende ninguna modificación normativa encaminada a la resolución de esta situación, entendemos que de ese refuerzo del servicio de comedor pueden quedar excluidos los hijos1 o hijas de las personas extranjeras en situación irregular.
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A los hijos1 o hijas de las personas extranjeras en situación documental irregular también se les impide en la práctica el acceso a una plaza de Escuela Infantil de primer ciclo pública o concertada. Por razones análogas a las señaladas para el caso de los comedores escolares (no tener NIE) se les deniega, por cuestiones burocráticas, el acceso a las bonificaciones en los precios públicos del servicio, también recogidas en el Decreto 137/2002, lo que igualmente hace inviable que este colectivo pueda sufragar los cerca de 300 euros mensuales de coste de una plaza pública en una Escuela Infantil sin bonificar.
A lo anterior se unen otras restricciones específicas para personas extranjeras, en materia de derechos socioeconómicos en el ámbito competencial estatal, que se han dado desde que comenzó el actual contexto de crisis. Como ejemplos significativos, la imposición del requisito de ser residente permanente, es decir, más de 5 años de residencia legal, para el acceso en igualdad a las ayudas públicas de vivienda (introducido por la LO 2/2009 en la LO 4/2000, “Ley de Extranjería”) o la supresión del derecho de las personas extranjeras a un acceso normalizado a la sanidad determinado por la entrada en vigor del RDL 16/2012.
Por lo expuesto, desde la APDHA denunciamos que, siendo nuestros vecinos y vecinas de origen inmigrante unos de los colectivos sociales que con más rigor están sufriendo la crisis (las estadísticas de desempleo y pobreza se incrementan dramáticamente cuando ponen su foco en la población inmigrante), no tiene sentido que los recursos sociales dirigidos a ellos, lejos1 de incrementarse, se vean reducidos comparativamente con el resto de la ciudadanía. No tiene sentido salvo que esta circunstancia se enmarque en el discurso de criminalización y/o responsabilidad de las personas extranjeras como causa de la crisis, algo que desgraciadamente se ha instalado en algunos sectores político-mediáticos, lo que suponemos está lejos1 de los principios básicos de la agenda política del actual Gobierno andaluz.
Partiendo del anterior convencimiento, demandamos del Gobierno andaluz que incorpore como eje básico en la apuesta política de lucha contra la exclusión en Andalucía, apuesta que debe ir mucho más allá de los contenidos y dotación presupuestaria del Decreto-Ley 7/2013, la supresión de las diferencias discriminatorias en materia de derechos sociales que afectan a las personas extranjeras que viven en Andalucía.
Andalucía, 7 de mayo de 2013