Organigrama del Centro

Principales cargos de un centro: 
  • Director. (art. 280 RP) Dirige y supervisa que se cumplan las órdenes de Instituciones Penitenciarias. Representa al centro penitenciario. Aunque no sea el que decida, tiene que firmar y autorizar muchos procedimientos: libertad, separación interior, comunicaciones y salidas al exterior, conducciones, medidas de seguridad y sanciones, etc. 
  • Subdirectores/as. (art. 281 RP) Son las personas que organizan y gestionan a diario los distintos servicios del centro. Hay varios subdirectores que se ocupan de distintos temas: tratamiento, régimen, médico.  
  • Administrador/a. (art. 282 RP) Dirige los servicios administrativos del Establecimiento. Es la persona encargada de la gestión del dinero y las cuentas.
  • Jefe/a de servicios. (art. 283 RP) Es la persona encargada de coordinar los servicios de vigilancia y a los/as funcionarios/as. En el día a día es la que controla el interior del centro y se encarga de la seguridad y la disciplina. 

Profesionales de tratamiento:
  • Educador/a. Es la persona trabajadora que está más en contacto con las personas internas, encargada de aportar información y colaborar en los Equipos técnicos. Normalmente es la que lleva a cabo las propuestas que hacen las Juntas de Tratamiento porque es la que visita el módulo diariamente.
  • Jurista. Colabora en los Equipos técnicos (art. 274.a RP).  Forma parte de la Junta de Tratamiento y se dedica a estudiar la información penal, procesal y penitenciaria del interno: tipo de delito, años de condena, antecedentes, etc. Cuando una persona presa pide algo a la Junta de Tratamiento, la persona jurista es la que comprueba que se cumplen los requisitos para dárselo, según la ley penitenciaria.
  • Psicólogo/a. Estudio de la personalidad del interno. Colabora en los Equipos técnicos (art. 274 b. RP) y forma parte de la Junta de Tratamiento, por ejemplo, para realizar programas de tratamiento.
  • Sociólogo/a. Estudio del interno. Colabora en los Equipos técnicos (Art. 274.d RP) y forma parte de la Junta de Tratamiento, según la normativa, pero es muy raro que en la realidad haya sociólogos/as en los centros. 
  • Trabajadores/as sociales. Recogida de información de las personas internas y de sus familias. Su tarea es social, ayudando al interno/a o a su familia con la búsqueda de recursos sociales, ayudas económicas, arreglo de papeles, documentación, etc. También pueden formar parte de los Equipos técnicos. (art. 274.j.RP). 
  • Médico/a. Asistencia higiénica y sanitaria de las personas internas y control de la comida. Tendrá que informar a la Junta de Tratamiento y a los Equipos técnicos en algunos temas (por ejemplo, el aislamiento en celda).
  • ATS. Desarrollarán tareas propias sanitarias de su cargo (art. 274. f. RP)   
Principales órganos de un centro:
  • Consejo de Dirección: Director/a y Subdirector/a. 
  • Equipo Técnico: Son quienes estudian a las personas internas directamente y luego le pasan los informes a la Junta de Tratamiento para que decidan sobre permisos, régimen abierto, trabajo, actividades, traslado a otro módulo… También son las que ejecutan los programas de tratamiento. Compuesto por: jurista, psicólogo/a, pedagogo/a, médico/a, ATS, Maestro/a, Educador/a, Trabajador/a social, Monitor/a, Encargado/a del Departamento.
  • Junta de Tratamiento: Es la que se encarga de clasificar a las personas internas, hacer el programa de tratamiento, dar actividades o trabajo, conceder los permisos de salida, etc. Director/a, Subdirector/a de Tratamiento, Subdirector/a Médico, Técnicos/as de II.PP, Director/a de la Unidad docente (Pedagogo), Coordinador/a de Servicios sociales, Educador/a, Jefe/a de Servicio (art. 272 RP).
  • Comisión Disciplinaria: Es el órgano que pone las sanciones por la mala conducta pero también pueden dar recompensas por tener buena conducta y ser colaborador. Director/a, Funcionario/a, Secretario/a, Subdirector/a de régimen, Subdirector/a de Seguridad, Jurista, Jefe/a de Servicios, Funcionario/a de la plantilla.