Personas Presas:
Las personas presas pueden realizar peticiones y quejas de varias maneras. Si quieren dirigirse a alguien del centro para solicitar algo, lo habitual es rellenar una instancia poniendo la petición que se tiene. Por ejemplo, “quiero ver al médico” o “no me ha llegado el paquete de mi familia”. Esta instancia se le da al funcionario del módulo.
También se pueden hacer quejas sobre algo que haya afectado a la vida en prisión o que funcione mal: “la comida está mala”, “no tenemos actividades”, “el psicólogo no viene a verme, aunque lo he solicitado”. Estas quejas se pueden hacer igual que las peticiones, rellenando una instancia y dándosela al funcionario del centro para que la entregue a la persona o al órgano responsable. Si no quieres que el/la funcionario/a del módulo se entere de tu reclamación, puedes hacerla en sobre cerrado, poniendo a quien la diriges.
También se pueden hacer peticiones y quejas directamente a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y al Defensor del Pueblo. Estas quejas se pueden hacer en sobre cerrado y dirigirla a la persona en concreto con la que se quiere hablar. Los funcionarios no pueden abrir este sobre y tienen que enviar la queja a la persona o al órgano que solicite el/la interno.
Cuando se quiere reclamar por los permisos de salida, la clasificación o las sanciones, es mejor poner un recurso al Juzgado de Vigilancia, explicando el caso. Para esto, lo mejor es contar con la ayuda de un/a abogado/a. Si llamas al SOAJP, pueden visitarte gratis y ayudarte con estos papeles.
Familiares:
Las personas que tienen un familiar en prisión pueden acudir también al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y al Defensor del Pueblo. Los Juzgados de Vigilancia normalmente tienen un día a la semana en que atienden a las familias, aunque no todos lo hacen. Además, no siempre aceptan los escritos que se les mandan si no están firmados por el propio preso/a. Al Defensor del Pueblo si se pueden acudir siempre, mandándole una carta o llamando. Estas quejas son investigadas y alguien de su oficina se pone en contacto con el centro para saber qué ha pasado. Además, todas estas quejas se recogen en el Informe que hace el Defensor del Pueblo cada año. Siempre es mejor hacer estas quejas de manera colectiva, firmando varias familias, para que el Defensor del Pueblo vea que es un problema general y no un caso aislado.
Los/as familiares no tienen permitido hacer reclamaciones o quejas en el centro penitenciario o a Instituciones Penitenciarias, pero si pueden llamar para pedir cita con el/la trabajador/a social del centro, que tiene que atenderlos.
Otra forma de protesta que pueden hacer las familias son las protestas colectivas, a través de manifestaciones o concentraciones en la calle o ante organismos oficiales. Para ello, en el caso de que se vaya a cortar el tráfico o que vayan a ser muchas personas, lo mejor es comunicar que se va a realizar la protesta a la Subdelegación de Gobierno de la provincia con varios días de antelación (al menos 10 días antes). En el escrito que se mande debe constar:
- Nombre, apellidos y DNI de las personas que convocan y su firma.
- Recorrido, lugar, fecha y horas que va a durar.
- Cuánta gente se piensa que va a acudir.
- Si se pide que se corte alguna calle o algunas otras medidas de seguridad.
Aunque no es pedir permiso, sino tan solo informar a la Subdelegación de Gobierno, en ocasiones, se prohíben estas manifestaciones por razones de seguridad o peligro para las personas. Y también te pueden multar si no se ha mandado esta comunicación.