La APDHA ha presentado hoy en el registro municipal ALEGACIONES a la Modificación puntual relativa al Hospedaje y Equipamiento del Plan General de Ordenación Urbanística de Cádiz.
¿Por qué la APDHA de Cádiz ha presentado estas alegaciones? Porque creemos que una innovación de la envergadura que se propone debería estar plenamente vinculada a la solución de los graves problemas de vivienda que padecen los sectores más vulnerables de la población y que nosotros venimos señalando reiteradamente: construcción de viviendas en alquiler, eliminación de infraviviendas, ayudas al alquiler.
En la APDHA estamos cansados de escuchar que no hay recursos económicos para afrontar los déficits en materia de vivienda y por tanto cuando se plantean unas operaciones inmobiliarias que generarán indudables beneficios y plusvalías queremos que se incluyan condiciones de gestión con plazos y destino finalista de dichos beneficios para la solución de los problemas reseñados.
¿Por qué la Modificación del PGOU? La necesidad de la Modificación se justifica con el cumplimiento del Convenio suscrito por el Ayuntamiento de Cádiz y la Junta de Andalucía (enero de 2010) modificado posteriormente por un nuevo Convenio (diciembre 2014) y por otro Convenio suscrito con Telefónica.
Contenido de la Modificación. Afecta a 9 Actuaciones. La Junta de Andalucía tiene la propiedad del suelo e inmuebles incluidos en las actuaciones sobre la Residencia del Tiempo Libre, Chalet de S. Luis, Avda. de la Ilustración y de Puntales – Albergue juvenil. Al desistir la Junta de la ejecución de esta última actuación, revertirá la propiedad de la parcela al Ayuntamiento, que es también el titular de la Martona y del Club Alcázar. La actuación Explanada de Puntales es de propiedad privada y los inmuebles de calle Ancha y Tavira II (Pirulí) son propiedad de Telefónica.
El contenido de la modificación alcanza a los criterios de ordenación y gestión, a las actuaciones a ejecutar, al destino o uso del suelo, a la edificabilidad y al aprovechamiento.
Conclusiones principales de las alegaciones presentadas.
- No tiene explicación que hasta la fecha no se hayan publicado en la web del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia los convenios firmados con la Junta en diciembre de 2014 y el firmado con Telefónica ya que la Modificación se hace para el cumplimiento de ambos convenios y porque las modificaciones que contienen significan un cambio de criterios y objetivos en el programa electoral del equipo de gobierno del Ayuntamiento.
- Respecto a la Junta de Andalucía, persiste en el progresivo abandono de sus obligaciones con la ciudad de Cádiz en relación a sus competencias en materia de equipamientos y vivienda. Podría comprometerse en convenio con el Ayuntamiento a invertir los beneficios en actuaciones concretas y programadas.
- Respecto a las modificaciones que se refieren a la Residencia del Tiempo Libre señalamos en primer lugar que no se ha acreditado hasta ahora la pretendida ruina del edificio, por lo que con una adecuada conservación podría mantenerse su anterior uso de Turismo Social. No obstante, si se tiene en cuenta la necesidad de disminuir el paro dotando a Cádiz de actividades que permitan la creación de puestos de trabajo se puede estar de acuerdo con el uso hotelero.
Sin embargo, el uso que se propone es de hospedaje, que incluye el uso hotelero pero que el propio PGOU permite que se transforme en otros usos terciarios (oficinas, recreativos, dotacional y otros). Esta circunstancia puede considerarse oportuna cuando se trata de parcelas privadas, pero no lo es cuando se trata de patrimonio público y con uso de interés social. Por lo tanto, se debe evitar cualquier tipo de uso diferente al estrictamente hotelero, mediante clausulas incorporadas a las fichas urbanísticas y a la adenda o nuevo convenio con la Junta.
- La Junta debería explicar por qué ha abandonado la construcción del Albergue Juvenil de Puntales y el Ayuntamiento exigir dicha explicación y completarla.
- En cuanto a las propuestas que se refieren al uso residencial se consideran poco meditadas. En la Avda. de la Ilustración, se concentran en una parcela triangular un conjunto con una densidad de 320 viviendas/hectárea, excesiva a todas luces.
- La consideración final y más importante, a la que ya hemos hecho referencia, es la estimación de que una innovación del tamaño y trascendencia que representa esta Modificación del PGOU, debe estar justificada en la solución de los graves problemas habitacionales que sufren los sectores más desprotegidos de ciudadanos de Cádiz y debe figurar en las estipulaciones, las condiciones de gestión, el destino finalista de los beneficios, y un compromiso claro y detallado de construcción de viviendas, rehabilitación de fincas y eliminación de infraviviendas.
Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía
Cádiz 5 de diciembre de 2016
Podéis consultar las alegaciones aqui
















