Comunicado sobre la vista celebrada ayer en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ante la queja presentada por el nuevo sistema de llamadas en prisión.

COMUNICADO SOBRE LA VISTA CELEBRADA AYER EN LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA ANTE LA QUEJA PRESENTADA POR EL NUEVO SISTEMA DE LLAMADAS EN PRISIÓN  

Más de 54.000 presos dependientes de Instituciones Penitenciarias, y 540.000 familiares, amigos, u otras personas, entre ellas abogados y asociaciones de TODA ESPAÑA se verán afectados por la resolución que se dicte en el presente asunto. Telefónica está haciendo negocio con los presos al poder gestionar hasta 14 millones de llamadas al año

La implantación de un sistema automático telefónico que ha corrido económicamente a cargo de Telefónica puesto en marcha a finales del año 2005, ha vuelto a impedir que los presos puedan llamar al exterior a través del sistema de cobro revertido, generando además plazos de espera de hasta 40 días para la autorización de números de teléfonos. Este nuevo sistema permite la autorización de hasta 10 números por preso.

El Reglamento Penitenciario señala que las llamadas telefónicas al exterior pueden autorizarse a los presos en los siguientes casos:

•  Cuando los familiares residan en localidades alejadas o no puedan desplazarse para visitar al interno.

•  Cuando el interno haya de comunicar algún asunto importante a sus familiares, al Abogado defensor o a otras personas.

Dilaciones.- El nuevo sistema no distingue entre ambos supuestos, de manera que si un asunto es importante como si no lo es puede tener que esperar hasta 40 días. Ni el teléfono del mismo abogado puede ser autorizado y en consecuencia llamado en un tiempo razonable, lo que le deja en la más absoluta indefensión. La razón de la Administración es que sólo se dispone de un ordenador para las autorizaciones y que la población penitenciaria es muy elevada.

Llamadas a cobro revertido.- La drogadicción o enfermedad mental impiden o dificultan en muchos momentos la utilización adecuada del dinero enviado por familiares y amigos, lo que hacía esencial este sistema.

Asociaciones, comunidades religiosas, colegios de abogados, defensor del pueblo,…, mantenían el contacto a través de estas llamadas, rompiéndose ahora con el actual sistema, pues aquellas no pueden enviarle dinero a todos los presos a expensas de saber cual les necesitará.

En otras ocasiones los familiares y amigos no disponen de liquidez que facilitar al interno, por lo que no puede enviarle cantidad alguna.

Los distintos intentos históricos de la Administración Penitenciaria por acabar con este sistema han sido declarados no ajustados por los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria . Ni los impedimentos económicos señalados por la Administración en el año 1995, ni las necesidades de control del año 2003, fueron consideradas suficientes por los órganos judiciales encargados de velar por los derechos de los internos, al existir mecanismos de control más adecuados que la restricción del citado sistema.

La Dirección General ha implantado por la vía de hecho otra vez el sistema, ya declarado ilegal por otros Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, por lo que se interpuso una queja, apoyada por la APDH-A , que fue ilógicamente desestimada por el Juzgado de Córdoba. Por ello, en el día de hoy se ha celebrado la vista, en la que han estado presentes más de 50 personas entre ellas abogados, familiares, comunidades religiosas y asociaciones.

La motivación de la exclusión del cobro revertido puede estar relacionada con el monopolio ofrecido a la compañía telefónica para la realización de llamadas al exterior , que se vería impedido con el cobro revertido, a correr a cargo de la receptora de la llamada que podría ser otra compañía. Hasta ahora se podían utilizar los distintos operadores en prisión. Si cada interno puede realizar 5 llamadas semanales de 5 minutos de duración, se han entregado a Telefónica 270.000 llamadas semanales y más de 14 millones de llamadas anuales. 70 millones de minutos.

Telefónica cobra pues más caro a los presos el minuto que en la calle . Así frente a los 0,012 euros y 0,0070 para llamadas metropolitanas en el exterior según horario normal o reducido en prisión se cobrán 0,04 euros ( más de 4 veces la tarifa más cara en el exterior ); las provinciales que oscilan entre los 0,03 y 0,02 euros en el interior de prisión suben hasta 0,08 euros minuto ( entre 2,5 y 4 veces más caras ); y las nacionales entre los 0,06 y los 0,03 euros pasan en prisión hasta 0,08 euros. Las llamadas a moviles Movistar y Vodafone que en el exterior van de 0,15 a Movistar y 0,17 Vodafone en horario normal y 0,10 a ambas en reducido, es de 0,29 euros minuto en prisión; a Amena de los 0,16 a 0,9 en el exterior se pasa a 0,34 euros. Para ello se ha obtenido la información suministrada por el Defensor del Pueblo y la pagina web de telefónica.

Es imposible calcular el volumen de negocio y los ingresos, al variar el tipo de llamadas, pero se puede asegurar que está haciendo negocio con los presos.

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