Desde el grupo local han elaborado esta información que puede ser de interés como residentes en el municipio de San Fernando. En el caso de tener dudas o no estar en posesión de la Tarjeta de Identidad de Extranjero puedes ponerte en contacto en el teléfono 629830144 o en el mail sanfernando@apdha.org 👇
Consciente de que muchos vecinos y vecinas están atravesando graves dificultades económicas y sociales unidas a la incertidumbre, preocupación y desamparo ante la crisis sanitaria que estamos atravesando el GRUPO LOCAL DE LA APDHA DE SAN FERNANDO QUEREMOS informamos a través de este resumen sobre las medidas recogidas en el Decreto Municipal con las que el Ayuntamiento pretende paliar las situaciones extraordinarias de dificultad económica y social, procurando evitar, en lo posible, un deterioro mayor de la situación y facilitar la superación de la crisis provocada por el Estado de Alarma.
Son ayudas y recursos a las que tienen derecho tanto personas individuales como unidades de convivencia.
| 1.- AYUDAS DE EMERGENCIA Y URGENCIA SOCIAL | 2.- AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES (AEF) |
| Ayudas para cubrir las necesidades básicas ya sean individuales o para unidad de convivencia | Para familias con menores a cargo |
| Son prestaciones básicas complementarias (dinerarias o especie) | |
| Requisitos:
– Solicitante mayor edad – Empadronado S. Fdo. (mínimo de 6 meses con excepciones (*)) – Encontrarse en una situación de urgencia (**) – Encontrarse en situación de pobreza (ingresos limitados) |
– Familias con hijos menores de 18 años sin recursos suficientes
– Responsable de las ayudas tiene que ser mayor de 18 o menor emancipado – Para cubrir necesidades del menor o la menor – Insuficiencia de recursos económicos |
| (*) No se exigirá para Personas Sin Hogar, inmigrantes, violencia de género u otro | · Necesidades básicas: alimentos, ropa y calzado, aseo, leche continuidad, medicamentos
· Otras necesidades: pañales, material escolar, recursos educativos, transporte |
| (**) a.- no tener para alimentación, higiene, medicina, gas, butano
b.- Se ha perdido la vivienda habitual por desahucio judicial o administrativo c.- Gastos funerarios |
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| Conceptos y cuantías | Tramitación |
| 1. Las ayudas para gastos alimentos, higiene… serán de la misma cuantía que las recogidas RMISA (renta mínima de inserción social) | 1º.- Llamar por teléfono al 956944240
2º.- Si tienes expediente social en Servicios Sociales no es necesario presentar documentación por parte de la persona beneficiaria. 3º.- Si no tienes expediente en los servicios sociales deberá presentar: solicitud, fotocopia DNI o Tarjeta Identidad Extranjero, fotocopia nº de cuenta banco, cualquier otra documentación que sea necesaria según se requiera por los servicios sociales. |
| 2. Alojamientos temporales pensiones, hostales: 15 días (prorrogable) | |
| 3. Abono servicios funerarios | |
| 4. Otras situaciones excepcionales | |
| Personas beneficiarias = personas físicas para si mismas o para su unidad de convivencia | |
| Unidad convivencia = quienes vivan en el mismo domicilio con o sin necesidad de vínculo familiar | |
| Obligaciones:
– La ayuda se tiene que utilizar para su la finalidad por la que se solicita – Justificar gasto (facturas) – Reintegrar lo no justificado o cuando se destina a otra finalidad distinta |
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| Tramitación | |
| 1º.- Llamar por teléfono al 956944240
2º.- Si tienes expediente social en Servicios Sociales no es necesario presentar solicitud ni documentos, se hace toda la tramitación por teléfono y pasado el estado de alarma presentara la documentación y facturas en un plazo de 30 días 3º.- No tienes expediente deberá presentar: solicitud, fotocopia DNI o Tarjeta Identidad Extranjero, fotocopia nº de cuenta banco, cualquier otra documentación que sea necesaria según se requiera por los servicios sociales |
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| Ayudas compatibles con AEF |















